¿Usar el celular en el semáforo es multa? La respuesta no es única.
El Reglamento de Tránsito de la CDMX y el de Torreón responden distinto la misma pregunta: la sanción depende del texto exacto de cada norma local, no de una regla única nacional.

Samuel Bissu Bazbaz · Abogado titular
· Última revisión por Samuel Bissu Bazbaz
Conclusiones clave
- El artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México prohíbe usar el teléfono celular mientras el vehículo está en movimiento, y aclara que cualquier manipulación del dispositivo debe hacerse con el vehículo detenido.
- En la Ciudad de México esa infracción se sanciona con 30, 32 o 35 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, además de tres puntos a la licencia de conducir y un punto a la matrícula del vehículo.
- El Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Torreón sanciona con 4 a 8 veces la unidad de multa vigente (entre 452.56 y 905.12 pesos con la UMA 2025) sostener o utilizar el teléfono celular al conducir, y esa prohibición alcanza la espera en el semáforo.
- No existe un reglamento de tránsito único a nivel nacional: cada entidad federativa y municipio define su propio texto, y ese texto (no la práctica de otras ciudades) es el que determina si el semáforo en rojo cuenta o no como vehículo detenido.
- Usar el celular al conducir es siempre una infracción administrativa de tránsito, sancionada con multa y puntos, no un delito perseguido penalmente.
La pregunta se repite cada vez que un conductor toma el celular mientras espera el cambio de luz: si el auto está detenido, ¿sigue siendo una infracción? Usar el celular en el semáforo no tiene una sola respuesta a nivel nacional. Cada entidad federativa y cada municipio en México tiene su propio reglamento de tránsito, y el texto exacto de ese reglamento (no la costumbre ni lo que dice otra ciudad) es lo que decide si detenerse en el semáforo con el celular en la mano constituye o no una falta.
El reglamento de la Ciudad de México prohíbe el celular en movimiento, no necesariamente detenido
En la Ciudad de México el reglamento solo prohíbe el celular con el vehículo en movimiento. El artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México prohíbe a los conductores utilizar el teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento, y agrega de forma expresa que cualquier manipulación debe hacerse con el vehículo detenido. Leído en sus términos literales, ese texto distingue entre conducir con el celular en la mano y usarlo durante una parada real, como un semáforo en rojo o un embotellamiento. El reportaje de El Universal sobre este artículo llega a la misma lectura.
Esa distinción no exime de prudencia. La norma no define con precisión qué cuenta como vehículo detenido frente a una parada momentánea en el flujo del tránsito, y la valoración final queda en manos del agente vial que documenta el hecho. Por eso el criterio más seguro sigue siendo orillarse o esperar a estar completamente detenido, sin depender de una lectura favorable del artículo en el momento de la revisión.
Otros reglamentos, como el de Torreón, sí sancionan la espera en el semáforo
En Torreón la prohibición aplica también mientras se espera el semáforo en rojo. El Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Torreón, Coahuila, no hace la misma distinción que el de la Ciudad de México. Sanciona con 4 a 8 veces la unidad de multa vigente sostener o utilizar el teléfono celular mientras se conduce, y esa prohibición se aplica también a quien lo hace mientras espera el cambio de semáforo, porque el reglamento entiende que el vehículo sigue en operación y el conductor debe mantener la atención en la vía. Milenio documentó esta interpretación en Torreón.
La diferencia entre ambos textos no es un detalle menor. Un mismo hecho, usar el celular con el auto detenido en un alto, puede no configurar infracción bajo la redacción de la Ciudad de México y sí configurarla bajo la de Torreón. Extrapolar el criterio de una ciudad a otra es el error más común detrás de esta pregunta, y explica por qué circulan respuestas contradictorias sobre el mismo tema.
Cuánto cuesta la infracción y qué puntos se pierden
Cuánto cuesta la multa por celular al volante en CDMX, en UMA y en puntos a la licencia, depende de la misma lógica de multiplicador que usan la mayoría de los reglamentos estatales y municipales. En la Ciudad de México, la sanción por usar el celular mientras el vehículo está en movimiento equivale a 30, 32 o 35 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, más tres puntos a la licencia de conducir y un punto a la matrícula del vehículo, según el desglose que reportó Motorpasión México. Al fijarse en UMA y no en un monto fijo en pesos, la cifra exacta cambia cada año cuando se actualiza esa unidad, así que cualquier cálculo debe hacerse con el valor vigente en la fecha de la infracción.
En Torreón, la multa por sostener o utilizar el celular al conducir va de 4 a 8 veces la unidad de multa vigente, un rango que equivale aproximadamente a entre 452.56 y 905.12 pesos con la UMA 2025 en 113.14 pesos. La lógica es la misma que en la Ciudad de México (un múltiplo de una unidad que se actualiza periódicamente), aunque el rango de multiplicadores y la interpretación sobre la espera en semáforo sean distintos.
Es una infracción administrativa de tránsito, no un delito
En ninguno de los dos reglamentos, ni en el de la mayoría de las entidades y municipios del país, usar el celular al conducir se persigue como delito. Es una infracción administrativa de tránsito: la sanciona la autoridad vial competente, no el Ministerio Público, y su consecuencia es una multa y, en su caso, la pérdida de puntos en la licencia o en la matrícula, no un antecedente penal.
Esa naturaleza administrativa también define cómo se defiende una infracción que se considera mal aplicada. Al ser un acto de autoridad administrativa, admite el recurso que prevea el reglamento local ante la propia autoridad de tránsito y, cuando esa vía se agota o el acto afecta derechos fundamentales, el amparo indirecto contra actos de autoridad administrativa. La estrategia depende del texto exacto de la boleta, del reglamento aplicable en el lugar de los hechos y de los plazos que corren desde la notificación, por lo que conviene revisarlos antes de decidir cómo impugnar.
Lecturas relacionadas en el despacho
Para el análisis completo de los plazos y motivos de improcedencia al impugnar un acto de autoridad, ver nuestra nota sobre amparo indirecto contra actos de autoridad administrativa. Para el panorama del área que atiende la defensa frente a sanciones y actos de autoridad, litigio constitucional y amparo en Bissu Abogados resume servicios y criterios de trabajo del despacho.
Preguntas frecuentes sobre multa por usar el celular en el semáforo.
01¿Es legal usar el celular con el auto detenido en el semáforo?
Depende del reglamento de tránsito de la entidad o el municipio donde ocurra. El artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México prohíbe usar el celular mientras el vehículo está en movimiento y aclara que la manipulación debe hacerse con el vehículo detenido, lo que en principio admite el semáforo en rojo como momento válido. El Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Torreón sanciona en cambio sostener o utilizar el celular al conducir sin distinguir si el vehículo está detenido en un alto, e incluye la espera en semáforo dentro de la prohibición. La respuesta correcta exige revisar el texto vigente en el lugar donde se conduce, no asumir el criterio de otra ciudad.
02¿Cuánto es la multa por usar el celular al volante en la Ciudad de México?
El artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México fija una multa equivalente a 30, 32 o 35 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, además de tres puntos a la licencia de conducir y un punto a la matrícula del vehículo. Al ser un múltiplo de la UMA, el monto exacto en pesos cambia cada año cuando el INEGI actualiza esa unidad, por lo que conviene calcularlo con el valor vigente en la fecha de la infracción y no con una cifra fija publicada en una nota anterior.
03¿Cuánto es la multa por usar el celular al manejar en Torreón, Coahuila?
El Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Torreón sanciona con 4 a 8 veces la unidad de multa vigente sostener o utilizar el teléfono celular mientras se conduce, un rango que equivale aproximadamente a entre 452.56 y 905.12 pesos con la UMA 2025 (113.14 pesos). A diferencia de la Ciudad de México, esta prohibición también alcanza a quien sostiene o usa el celular mientras espera el cambio de semáforo.
04¿Usar el celular al manejar es un delito?
No. Es una infracción administrativa de tránsito, sancionada por la autoridad vial competente con una multa y, según el reglamento local, con la pérdida de puntos en la licencia o en la matrícula. No es un asunto que se persiga por la vía penal ni que quede registrado como antecedente penal: el procedimiento se resuelve dentro del sistema administrativo de tránsito de cada entidad o municipio.
05¿Cómo se impugna una multa de tránsito si se aplicó de forma incorrecta?
Una infracción de tránsito es un acto de autoridad administrativa, y como tal admite los medios de defensa que prevé el reglamento local (recurso administrativo ante la propia autoridad vial) y, cuando esa vía se agota sin resultado o el acto viola derechos fundamentales, el amparo indirecto contra actos de autoridad administrativa. Antes de decidir la vía, conviene revisar el texto exacto de la boleta de infracción, el reglamento aplicable en el lugar de los hechos y los plazos para impugnar, que corren desde la notificación del acto.
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